Fotografía obtenida en Pixabay

Este artículo fue publicado posteriormente en LinkedIn el 12 de diciembre de 2022

En este artículo de “Divulgación Jurídica de Illán” responderé a las dudas jurídicas y fiscales más frecuentes de la Lotería de Navidad, para poder saber cómo comprar y compartir el décimo de forma segura, además de cómo se reparte y las implicaciones fiscales (incluyendo cuanto se queda Hacienda y como tributa en el IRPF) que tiene el premio en caso de resultar agraciado.

Índice

1. ¿Cómo sé si un décimo de lotería es auténtico?

2. ¿Cómo se puede cobrar un décimo de la Lotería de Navidad si está deteriorado? 

3. ¿Cuál es el plazo para cobrar el décimo premiado?

4. ¿Cómo puedo compartir un décimo de la Lotería de Navidad de forma segura?

5. ¿Cómo se reparte el premio de la Lotería de Navidad en caso de estar casado en régimen de gananciales?

6. ¿Cómo se reparte el premio de la Lotería de Navidad en caso de estar casado en régimen de separación de bienes?

7. ¿Cómo se reparte el premio de la Lotería de Navidad en caso de ser una pareja de hecho?

8. ¿Cuánto dinero se queda Hacienda del premio de la Lotería de Navidad?

9. Bibliografía

1. ¿Cómo sé si un décimo de lotería es auténtico?

Para saber si un décimo de lotería es auténtico, según una portavoz de la Policía Nacional, en una entrevista a RTVE, los décimos deben llevar un sello que debe ser legible y que corresponda a la entidad que lo emite, deberá indicar que se trata de un fraccionamiento autorizado por Loterías y Apuestas del Estado, y llevará una ilustración igual para todos los décimos, que variará cada año, se añade que Además, deberán indicar el número de décimo al que corresponden, el precio, el importe que se juega, así como el donativo, nombre y fecha de sorteo, y denominación y dirección del organizador de la venta.

Respecto a donde comprar los décimos de lotería, dicha portavoz “recomienda comprar los boletos o participaciones en lugares autorizados o a personas de confianza, nunca «a personas que nos aborden por la calle por sorpresa. En caso de comprarlo online, debemos hacerlo en páginas seguras, que incluyan el candado y la nomenclatura ‘https’. Además, si hacemos una compra, recomendamos guardar una copia o captura de recibos o cualquier elemento que ayude a verificar la gestión”.

Hay que indicar que se puede comprar la lotería de Navidad directamente a través de la página web de loterías y apuestas del Estado (https://www.loteriasyapuestas.es/es) donde se deberá elegir un puesto de venta asociado.

2. ¿Cómo se puede cobrar un décimo de la Lotería de Navidad si está deteriorado? 

En caso de que tengamos un décimo de lotería premiado pero deteriorado y queramos cobrarlo, según el Decreto 1712/1965 de 24 de junio, sobre pago de premios de la Lotería Nacional, “Los billetes rotos o deteriorados que ofrezcan duda sobre su validez, así como aquellos que inspiren sospechas de falsificación, serán sometidos a reconocimiento Oficial, y no serán satisfechos sin orden expresa del Jefe del Servicio”.

Además, “Si ésta fuese denegatoria del pago, el portador del billete o fracción podrá recurrir en alzada ante el Ministro de Hacienda en el término de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la notificación”, es decir se puede recurrir la denegación el alzada en un periodo de 15 días desde el día siguiente al de la notificación.

Otro aspecto importante a tener en cuenta, especialmente cuando el décimo está en pedazos, literalmente, es que “Cuando se presenten al cobro fracciones de billetes rotas en dos a más pedazos, o deterioradas en términos de ofrecer duda su legitimidad, suspenderán el pago los Administradores, darán a los interesados un recibo en que conste la causa de la detención y el estado o circunstancia del billete o fracción, y remitirán éste a la Sección, para su reconocimiento, certificando el pliego en Correos por cuenta de dichos interesados, para garantizar la responsabilidad de un extravío”.

Al margen de la lectura de este Decreto, en un artículo de El Confidencial se aportan más datos sobre qué hacer en estos casos, según lo establecido por Loterías y Apuestas del Estado (SELAE).

Lo primero que hay que hacer es “acudir a una administración oficial de Loterías y solicitar su reconocimiento como boleto original. Para hacerlo, el portador deberá solicitar, rellenar y firmar el formulario de ‘Solicitud de Pago de Premios’, un documento que le será remitido a SELAE junto al décimo dañado (aunque no se encuentre de una sola pieza), para que la entidad estatal se encargue de acreditar si realmente se trata de un décimo auténtico”.

Posteriormente, la organización contactará con la persona que solicitó el reconocimiento para comunicarle la resolución. En caso de que el boleto sea válido, el agraciado deberá acudir para cobrar el premio a un punto de venta, si es inferior a 2.000 euros o a una entidad bancaria, si es superior a 2.000 euros.

En caso de que los daños sean muy graves y la autentificación del décimo sea complicada, el caso pasa a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre que tendrá que autentificar el décimo. En estos casos, Loterías y Apuestas del Estado recomienda manipular el décimo lo menos posible, aportar todo lo que se pueda y esperar a la resolución de la Fábrica de Moneda y Timbre.

3. ¿Cuál es el plazo para cobrar el décimo premiado?

El plazo para cobrar el premio de la lotería de Navidad es de tres meses a contar desde el día siguiente de la fecha del sorteo, dicho sorteo se celebra cada 22 de diciembre.

4. ¿Cómo puedo compartir un décimo de la Lotería de Navidad de forma segura?

Respecto a cómo compartir un décimo de la Lotería de Navidad de forma segura, la página web de la OCU (Organización de Consumidores y Usuarios), nos ofrece una serie de consejos, que transcribo a continuación.

En caso de compartir lotería, “basta con que el depositario del décimo lo fotocopie y entregue a cada participante una copia firmada (con el nombre y el DNI del depositario) en la que se indique que tal persona juega en ese número, serie, fracción y sorteo, una cantidad de euros determinada”.

Respecto al WhatsApp, se menciona que “También se suele enviar una foto del décimo por email o por WhatsApp. Los mensajes de WhatsApp pueden ser una prueba, siempre y cuando aparezcan los datos del depositario, los participantes y la participación de cada uno. No obstante, si la otra parte impugna esa prueba por considerar que se ha manipulado, habría que demostrarlo”.

La OCU, también ofrece una serie de consejos generales, como guardar los décimos, y hacer fotocopias del anverso y el reverso, pagar los décimos antes del sorteo o denunciar en la comisaría de policía si pierdes el número.

Otro consejo que recomiendo es anotar en el décimo el DNI o bien firmarlo, de hecho, la firma fue clave en un juicio. En este juicio, celebrado en el Juzgado de lo Penal número 2 de Lugo, y que relata El País, se describe como una mujer encontró un décimo de la lotería de Navidad premiado con el Gordo.

Dicho décimo estaba marcado con la palabra “Inés”, que era el nombre de la legítima dueña del décimo. La mujer intentó borrar dicho nombre, pero gracias a los informes caligráficos, se pudo demostrar que la verdadera propietaria era Inés, y la mujer que se encontró el décimo fue condenada por apropiación indebida, dado que intentó borrar el nombre y quedarse con el premio.

Sin embargo, estos casos ser honrado tiene premio, dado que según el artículo 616 del Código Civil, “Si se presentare a tiempo el propietario, estará obligado a abonar, a título de premio, al que hubiese hecho el hallazgo, la décima parte de la suma o del precio de la cosa encontrada. Cuando el valor del hallazgo excediese de 2.000 pesetas, el premio se reducirá a la vigésima parte en cuanto al exceso”.

5. ¿Cómo se reparte el premio de la Lotería de Navidad en caso de estar casado en régimen de gananciales?

En caso de estar casados en régimen de gananciales, dicho premio tendrá carácter ganancial, dado que según el artículo 1351 del Código Civil, “Las ganancias obtenidas por cualquiera de los cónyuges en el juego o las procedentes de otras causas que eximan de la restitución pertenecerán a la sociedad de gananciales”.

6. ¿Cómo se reparte el premio de la Lotería de Navidad en caso de estar casado en régimen de separación de bienes?

En caso de estar casados en régimen de separación de bienes, el artículo 1437 del Código Civil establece que “En el régimen de separación pertenecerán a cada cónyuge los bienes que tuviese en el momento inicial del mismo y, los que después adquiera por cualquier título. Asimismo corresponderá a cada uno la administración, goce y libre disposición de tales bienes”, por lo tanto, el premio pertenece al cónyuge que haya comprado el décimo, salvo que se haya comprado a medias, en cuyo caso la cantidad dependerá del porcentaje que invirtieron, por ejemplo, si es a partes iguales a cada cónyuge le corresponderá un 50%.

7. ¿Cómo se reparte el premio de la Lotería de Navidad en caso de ser una pareja de hecho?

En este caso, el premio se reparte en función de lo que haya contribuido cada pareja, por ejemplo, si de los 20 euros cada uno ha invertido 10 euros, será a partes iguales, pero si uno invierte 15 euros y la pareja 5 euros, entonces, uno tendrá derecho al 75% del premio y otro al 15%, y si solo invierte uno en los 20 euros, esa persona se lleva el 100% del premio.

8. ¿Cuánto dinero se queda Hacienda del premio de la Lotería de Navidad?

Lo primero que hay que aclarar, aunque no tiene que ver con Hacienda, es que una cosa es el décimo y otra la serie. Cuando los niños de San Ildefonso cantan el Gordo de 4 millones de euros, se refieren a la serie, y una serie son diez décimos, por lo tanto, el Gordo son 400.000 euros por décimo.

Aclarada esta cuestión, ¿Cuánto se lleva Hacienda de esos 400.000 euros?, pues bien, de todo premio que supere 40.000 euros, Hacienda se lleva el 20%, por lo tanto, de un premio de 400.000 euros, 40.000 euros estarían exentos, y se tributaría sobre los 360.000 euros restantes, y el 20% de 360.000 euros es 72.000 euros, que es lo que se llevaría Hacienda, por que, sumando los 40.000 euros más los 288.000 euros (360.000 – 72.000) nos da un total de 328.000 después de impuestos.

Es decir, si compras un décimo y te toca el Gordo, no cobras 4 millones de euros, sino 328.000, todos estos cálculos son sobre el supuesto de que compres toda la participación de un décimo agraciado con el Gordo, es decir, 20 euros, si compras más décimos o un décimo pero con menos participaciones, la cifra exacta variará, al igual que si te toca un premio menor.

Respecto a IRPF, tal y como resume una noticia de RTVE donde se analiza a fondo el tema de la tributación del premio de la Lotería de Navidad, y que os adjunto en la bibliografía, “Hacienda se queda con su parte de forma automática cuando se va a cobrar el décimo, es decir, no hay que realizar ningún trámite para declarar el premio”, aunque se añade que “No obstante y pese a que la Lotería de Navidad no está incluida en la base imponible del IRPF, sí hay que incluir el premio en el apartado de Ganancias y Pérdidas Patrimoniales no derivadas de la Transmisión de Elementos Patrimoniales de la declaración de la renta”, y se aclara que “En cualquier caso, el dinero ganado no afecta a la hora de solicitar ayudas públicas, becas o prestaciones de la Seguridad Social”.

Y para acabar el artículo, aprovecho para desearos una Feliz Navidad y un próspero año 2023.

9. Bibliografía

Normas que regulan el juego de la Lotería Nacional

¿Cómo evitar que nos engañen con un boleto falso de la Lotería de Navidad?

https://www.rtve.es/rtve/20211120/como-evitar-timos-estafas-loteria-navidad/2229780.shtml

Lotería: comprar y compartir sin problemas

https://www.ocu.org/consumo-familia/derechos-consumidor/noticias/loteria-de-navidad-perdida

Una mujer tiene que devolver 320.000 euros del Gordo porque se encontró el décimo

https://verne.elpais.com/verne/2017/06/06/articulo/1496749300_580786.html

Cómo cobrar un décimo premiado de la Lotería de Navidad si está roto o estropeado

https://www.elconfidencial.com/loteria-de-navidad/2021-12-18/decimos-rotos-loteria-navidad_1712966/

¿Cuánto se queda Hacienda del premio de la Lotería de Navidad?

https://www.rtve.es/rtve/20221107/loteria-navidad-2022-cuanto-se-queda-hacienda/2217380.shtml#:~:text=%C2%BFCu%C3%A1nto%20ganas%20realmente%20si%20te,aporte%20del%2020%25%20a%20Hacienda