
En este artículo explico cuáles son las diferencias entre el NIE, la TIE, el CUE y el DNI.
Índice
1. El Número de Identidad de Extranjero
1.1 ¿Qué es el NIE y para qué sirve?
1.2 ¿Quién tiene obligación de obtener el NIE?
1.3 Guía sobre el NIE
2. La Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE)
2.1 ¿Qué la TIE y para qué sirve?
2.2 ¿Quién tiene obligación de obtener la TIE?
2.3 Guía sobre la TIE
3. El Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea (CUE)
3.1 ¿Qué es el CUE y para qué sirve?
3.2 ¿Quién tiene obligación de obtener el CUE?
3.3 Guía sobre el CUE
4. El Documento Nacional de Identidad (DNI)
4.1 ¿Qué es el DNI y para qué sirve?
4.2 ¿Quién tiene obligación de obtener el DNI?
4.3 Guía sobre el DNI
5. Bibliografía
1. El Número de Identidad de Extranjero
1.1 ¿Qué es el NIE y para qué sirve?
El NIE es el Número de Identidad de Extranjero (no confundir con la TIE, que es la Tarjeta de Identidad de Extranjero, donde aparece el NIE, ni con el CUE que es el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea, que simplificando (no es 100% correcto), es como una “TIE” para comunitarios más el Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega) y Suiza), que deben solicitarlo los extranjeros que se relacionen con España por razón de sus intereses económicos, profesionales o sociales, a destacar entre sus utilidades, la obtención del carnet de conducir, solicitar un permiso de residencia, abrir una cuenta bancaria, alquilar un coche, darse de alta en la Seguridad Social, hacer la declaración de la renta, inscribirse en un colegio, comprar o vender una propiedad, contratación de servicios, gestión de impuestos, registro de vehículos, empleo y Seguridad Social etc. En resumen, sirve para identificar a los extranjeros dentro de España, es un número de control.
1.2 ¿Quién tiene obligación de obtener el NIE?
El artículo 206 del “Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009”, establece en el apartado tres que “El número de identidad del extranjero, NIE, deberá ser concedido de oficio, por la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, en los supuestos mencionados en el apartado 1”. Es decir, se concede de oficio a “Los extranjeros a cuyo favor se inicie un procedimiento para obtener un documento que les habilite para permanecer en territorio español que no sea un visado”, y “aquéllos a los que se les haya incoado un expediente administrativo en virtud de lo dispuesto en la normativa sobre extranjería” (por ejemplo, una orden de expulsión).
A continuación, se indica en el apartado tres, que deberán solicitar el NIE,” los extranjeros que se relacionen con España por razón de sus intereses económicos, profesionales o sociales, que deberán interesar de dicho órgano la asignación del indicado número, siempre que concurran los siguientes requisitos:
a) Que no se encuentren en España en situación irregular.
b) Que se comuniquen los motivos por los que solicitan la asignación de dicho número”.
1.3 Guía sobre el NIE
Adjunto la siguiente guía sobre el NIE para quien quiera profundizar más en la materia:
2. La Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE)
2.1 ¿Qué la TIE y para qué sirve?
La TIE es la Tarjeta de Identidad de Extranjero, sirve para acreditar la situación legal de los extranjeros NO comunitarios (de fuera de la Unión Europea más el Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega) y Suiza).
2.2 ¿Quién tiene obligación de obtener la TIE?
Citando al Ministerio de Interior “Todos los extranjeros a los que se les haya expedido un visado o una autorización para permanecer en España por un periodo superior a seis meses tienen el derecho y el deber de obtener la Tarjeta de Identidad de Extranjero, que deberán solicitar personalmente en el plazo de un mes desde su entrada en España o desde que la autorización sea concedida o cobre vigencia, respectivamente. Estarán exceptuados de dicha obligación los titulares de una autorización de residencia y trabajo de temporada.
2.3 Guía sobre la TIE
Adjunto la siguiente guía sobre la TIE para quien quiera profundizar más en la materia:
3. El Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea (CUE)
3.1 ¿Qué es el CUE y para qué sirve?
El CUE es el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea (CUE), también conocido, aunque mal llamado, como el “NIE Verde”, por el color de la tarjeta. También se conoce como CRUE.
El CUE, además de ser obligatorio en los casos que se verán a continuación, puede ayudar a realizar trámites para el banco, homologar carnet de conducir, se exige al pedir la residencia a la pareja extracomunitaria etc.
3.2 ¿Quién tiene obligación de obtener el CUE?
Citando la sede electrónica de la Policía Nacional, “Los ciudadanos de un Estado miembro de la U.E. o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el E.E.E. (Islandia, Liechtenstein y Noruega, además de añadir a este listado Suiza) que van a residir en España por un periodo superior a tres meses, están obligados a solicitar personalmente ante la Oficina de Extranjeros de la provincia donde pretendan permanecer o fijar su residencia o, en su defecto, ante la Comisaría de Policía correspondiente, su inscripción en el Registro Central de Extranjeros.
Dicha solicitud deberá presentarse en el plazo de tres meses desde la fecha de entrada en España, siéndole expedido de forma inmediata un certificado de registro en el que constará el nombre, nacionalidad y domicilio de la persona registrada, su número de identidad de extranjero, y la fecha de registro”.
3.3 Guía sobre el CUE
Adjunto la siguiente guía sobre el CUE para quien quiera profundizar más en la materia:
4. El Documento Nacional de Identidad (DNI)
4.1 ¿Qué es el DNI y para qué sirve?
Citando a la Sede electrónica de la Policía Nacional, “El Documento Nacional de Identidad (DNI), emitido por el Cuerpo Nacional de Policía de la Dirección General de la Policía (Ministerio del Interior), es el documento que acredita, desde hace más de 50 años, la identidad, los datos personales que en él aparecen y la nacionalidad española de su titular”.
4.2 ¿Quién tiene obligación de obtener el DNI?
Citando la web del Cuerpo Nacional de Policía, “Todos los españoles tendrán derecho a que se les expida el DNI, siendo obligatorio para los mayores de 14 residentes en España y para los de igual edad, residiendo en el extranjero, que se trasladen a España por un tiempo superior a seis meses.
Los menores de 14 años podrán obtener el DNI con carácter voluntario”.
4.3 Guía sobre el DNI
Adjunto la siguiente guía sobre la DNI para quien quiera profundizar más en la materia (también explico cómo obtener el pasaporte y el certificado de concordancia:
5. Bibliografía
Ministerio del Interior, Número de Identidad de Extranjero (NIE)
Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-7703
Ministerio del Interior, Tarjeta de identidad de extranjero
Sede electrónica de la Policía Nacional, CERTIFICADO DE REGISTRO DE CIUDADANO DE LA UNIÓN EUROPEA
Sede electrónica de la Policía Nacional, DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD ELECTRÓNICO
https://sede.policia.gob.es/portalCiudadano/_es/tramites_ciudadania_dnielectronico.php
Cuerpo Nacional de Policía, DNI y Pasaporte Aspectos Legales
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