
Este artículo se ha actualizado el 18 de agosto de 2025.
En este artículo explico cuáles son los pasos que hay que seguir para solicitar la nacionalidad española por opción.
Índice
1. Cuestiones previas
1.1 Requisitos para solicitar la nacionalidad española por opción
1.2 Documentación necesaria para solicitar la nacionalidad española por opción
2. Solicitud de la nacionalidad española por opción
2.1 ¿Quién puede presentar la solicitud?
2.2 Presentación de la solicitud
3. ¿Qué hay que hacer una vez que nos conceden la nacionalidad española?
3.1 Jura de Nacionalidad Española
3.2 Cómo obtener el DNI, el pasaporte y el certificado de concordancia
3.3 Cómo cambiar el NIE al DNI en la Agencia Tributaria y en otras entidades
4. Bibliografía
1. Cuestiones previas
1.1 Requisitos para solicitar la nacionalidad española por opción
Antes de tramitar la solicitud de la nacionalidad española por opción, hay que cumplir una serie de requisitos, de los cuales adjunto un artículo específico sobre este tema, que se puede consultar a través del siguiente enlace:
1.2 Documentación necesaria para solicitar la nacionalidad española por opción
Una vez que se tiene claro que se cumplen los requisitos, antes de solicitar la nacionalidad hay que reunir la documentación, a este respecto, una vez más, debido a su complejidad, trato este asunto en profundidad en un artículo específico del cual os dejo el enlace:
2. Solicitud de la nacionalidad española por opción
2.1 ¿Quién puede presentar la solicitud?
Lo primero que hay que saber es quien puede presentar la solicitud, la Sede Judicial Electrónica de la Comunidad Autónoma de Aragón hace un resumen muy bueno en el siguiente listado:
“Personas que deben comparecer el día de la cita
- Si el optante es menor de 14 años y reside en España, deben comparecer los padres del mismo, debidamente identificados, así como el propio menor.
- Si este menor reside en el extranjero, con el padre o la madre la competencia para el tramite preceptivo de autorización judicial es del Registro Civil Consular del domicilio donde el menor y su progenitor residan
- Si el optante tiene entre 14 y 17 años, debe comparecer el mismo asistido de sus padres.
- Si el optante es mayor de edad (18 años) deberá comparecer él únicamente”.
Dentro de estas opciones, recomiendo que los trámites los realice un representante voluntario, en concreto un abogado que entienda de la materia, dado que al estar habituado a realizar estos trámites y/o haberlos estudiado en profundidad podrá asesorarle mejor de que documentos hay que presentar, una vez que se tenga la documentación se encargará de hacer el trámite etc. No obstante, hay que aclarar que el día de la entrega de la documentación es obligatorio que comparezca el solicitante, y si es menor de edad, acompañado por sus padres.
2.2 Presentación de la solicitud
En cuanto a la presentación de la solicitud en sí, citando al Consulado de España en Miami, “Los trámites se realizan personalmente en el Registro Civil del domicilio del interesado (ya sea en España o en el extranjero) o en el del domicilio de su representante legal, si es menor de edad o está incapacitado.
Si el interesado o su representante legal residen en esta demarcación consular, esta Oficina Consular será competente para el inicio de la tramitación”.
Por lo tanto, hay que pedir cita previa en el Registro Civil de su domicilio. A través de este buscador del Ministerio de Justicia, se puede saber el Registro Civil que corresponde con su domicilio ( https://www.mjusticia.gob.es/BUSCADIR/ServletControlador?apartado=buscadorGeneral&tipo=RC&lang=es_es&_ga=2.183218208.763131061.1661839754-2112920146.1656920199 ).
En el caso de Madrid ciudad, corresponde con el Registro Civil Único de Madrid, situado en la Calle Pradillo 64-66, y se pide cita previa a través del siguiente enlace ( https://www.comunidad.madrid/servicios/justicia/cita-previa-gratuita-registro-civil-unico-madrid ) o el correo electrónico rcmadrid.nacionalidad@madrid.org .
En cuanto al plazo de resolución de la solicitud, en la práctica suele tardar desde unos pocos meses hasta un año, dependiendo del volumen de trabajo del Registro Civil.
Es recomendable tramitar la nacionalidad de los hijos en los seis primeros meses desde que se hizo la Jura de nacionalidad del padre o la madre. Esto es así, porque si se hace en esos seis primeros meses, la inscripción de la nacionalidad por opción del hijo, se realizará en el mismo Registro donde se juró la nacionalidad del padre o la madre, por lo que el trámite es mucho más rápido (en caso contrario, la inscripción de la nacionalidad española de hijo por opción, se tramitará en el Registro Civil Central, y este proceso es mucho más lento).
Asimismo, si tiene varios hijos debe solicitar una cita para cada uno de ellos.
3. ¿Qué hay que hacer una vez que nos conceden la nacionalidad española?
3.1 Jura de Nacionalidad Española
Una vez que nos conceden la nacionalidad española, el siguiente paso consiste en realizar la Jura de la Nacionalidad, respecto a este punto, he publicado un artículo específico sobre este tema, que se puede consultar a través del siguiente enlace:
3.2 Cómo obtener el DNI, el pasaporte y el certificado de concordancia
A continuación, con cita previa, habría que pedir a la policía el DNI, el pasaporte y el certificado de concordancia. Respecto a este punto, he publicado un artículo específico sobre este tema, que se puede consultar a través del siguiente enlace:
3.3 Cómo cambiar el NIE al DNI en la Agencia Tributaria y en otras entidades
Por último, hay que cambiar el NIE al DNI en la Agencia Tributaria, en el caso en el que la persona solicitante haya trabajado, o esté trabajando, ya sea por cuenta propia o ajena. Esta cuestión la abordo en su artículo correspondiente, junto con otras cuestiones, como la Seguridad Social o la DGT, que se puede consular a través del siguiente enlace:
4. Bibliografía
Sede Judicial Electrónica de la Comunidad Autónoma de Aragón, Opción a la nacionalidad española
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, Consulado de España en Miami, Nacionalidad española – Opción
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Registros Civiles Principales
Comunidad de Madrid, Cita Previa gratuita Registro Civil Único de Madrid
https://www.comunidad.madrid/servicios/justicia/cita-previa-gratuita-registro-civil-unico-madrid
¿Desea resolver una consulta legal o contratar a un abogado? ¡Póngase en contacto con PAÑOS ABOGADOS!
Si le ha gustado el contenido y quiere recibir la última publicación directamente en su correo, suscríbase haciendo clic en el botón de abajo.
