En este artículo analizaré cual es la documentación necesaria para solicitar la nacionalidad española por Carta de Naturaleza.

Índice

1. Documentación necesaria para el supuesto general de Carta de Naturaleza

2. Documentación necesaria para el supuesto de Brigadas Internacionales

3. Documentación necesaria para el supuesto de víctimas del terrorismo en territorio español

4. Mandato o poder acreditativo del representante voluntario, en su caso

5. Bibliografía

A continuación, voy a explicar la documentación necesaria para solicitar la nacionalidad española por Carta de Naturaleza, separando el supuesto general y los supuestos con previsión legal, es decir las Brigadas Internacionales y las víctimas del terrorismo, y excluyendo del análisis el supuesto de los sefardíes, dado que el plazo de solicitud ha expirado, y actualmente, no se concede la nacionalidad española por Carta de Naturaleza por esa vía.

1. Documentación necesaria para el supuesto general de Carta de Naturaleza

El primer supuesto es el general, aunque es muy excepcional, citando al Ministerio de Justicia, “Esta forma de Adquisición de la Nacionalidad, tiene carácter graciable y no se sujeta a las Normas Generales de Procedimiento Administrativo. Será otorgada o no discrecionalmente por el Gobierno mediante Real Decreto, tras valorar la concurrencia de circunstancias excepcionales”.

En la práctica, el requisito suele ser estar vinculado con España, y suelen ser artistas, deportistas de élite, miembros de la realeza, empresarios, políticos etc. Muchas de estas personas además son famosas, aunque también hay algunos casos anónimos, por ejemplo, han concedido la nacionalidad española por Carta de Naturaleza a un ciudadano afgano que trabajó durante 15 años en la Embajada de España en Kabul y que fue evacuado con la llegada del régimen talibán.

No obstante, en caso de ir por esta vía, la documentación que hay que aportar es la siguiente:

  • Solicitud de nacionalidad española por Carta de Naturaleza: El primer documento es la solicitud que se puede descargar en el siguiente enlace ( https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadania/nacionalidad/que-es-nacionalidad/como-adquiere-nacionalidad/carta-naturaleza ).
  • Original y fotocopia del Documento de identidad, pasaporte o tarjeta de residencia del solicitante. Si se aporta el pasaporte, se adjuntarán fotocopias de TODAS las páginas del pasaporte, incluso las que estén en blanco.
  • Certificado Literal de Nacimiento, Legalizado o Apostillado, y en su caso, traducido.
  • Certificado de Antecedentes Penales del País de Origen Legalizado y traducido (sólo en mayores de 18 años).
  • Certificado de Antecedentes Penales del Registro Central de Penados en el caso de residentes en España mayores de 18 años.
  • Documentos acreditativos de la concurrencia de circunstancias excepcionales. Los documentos deben acreditar la especial vinculación con España.
  • Otros documentos que el interesado estime oportunos. Cómo documentos extra, recomiendo aportar, el certificado de matrimonio, si el solicitante está casado, (si el certificado se expide en el extranjero, debidamente Legalizado o Apostillado, y en su caso, traducido) y además, si el cónyuge es español, es recomendable aportar el certificado literal de nacimiento del cónyuge español, y si el solicitante tiene hijos menores, es recomendable aportar el certificado literal de nacimiento de los hijos, y una vez más, si el certificado se expide en el extranjero, debidamente Legalizado o Apostillado, y en su caso, traducido.

2. Documentación necesaria para el supuesto de Brigadas Internacionales

El artículo 33.1 de la Ley de Memoria Democrática establece que “A los efectos del artículo 21.1 del Código Civil se entiende que concurren circunstancias excepcionales en los voluntarios integrantes de las Brigadas Internacionales que participaron en la Guerra de 1936 a 1939 para la adquisición de la nacionalidad española por carta de naturaleza, no siéndoles de aplicación la exigencia de renuncia a su anterior nacionalidad requerida en el artículo 23.b) del Código Civil. Asimismo se entenderá que concurren las mismas circunstancias en los descendientes de los brigadistas que acrediten una labor continuada de difusión de la memoria de sus ascendientes y la defensa de la democracia en España.

En resumen, este supuesto tiene dos casos distintos, por un lado, los voluntarios de las Brigadas Internacionales que combatieron en la guerra civil española, y, por otro lado, los descendientes de los brigadistas que acrediten una labor continuada de difusión de la memoria de sus ascendientes y la defensa de la democracia en España.

La documentación que hay que aportar es la siguiente:

  • Solicitud de nacionalidad española por Carta de Naturaleza: El primer documento es la solicitud que se puede descargar en el siguiente enlace (https://www.mjusticia.gob.es/es/Ciudadano/TramitesGestiones/Documents/Solicitud_nacionalidad_carta_naturaleza.pdf ).
  • Original y fotocopia del Documento de identidad, pasaporte o tarjeta de residencia del solicitante. Si se aporta el pasaporte, se adjuntarán fotocopias de TODAS las páginas del pasaporte, incluso las que estén en blanco.
  • Certificado Literal de Nacimiento, Legalizado o Apostillado, y en su caso, traducido.
  • Certificado de Antecedentes Penales del País de Origen Legalizado y traducido (sólo en mayores de 18 años).
  • Certificado de Antecedentes Penales del Registro Central de Penados en el caso de residentes en España mayores de 18 años.
  • Documentos acreditativos de la concurrencia de circunstancias excepcionales. Aquí hay que aportar la documentación que acredite que es miembro de las Brigadas Internacionales y que se participó en la guerra civil o que se es descendiente de brigadistas y que se está realizando una labor continuada de difusión de la memoria de sus ascendientes y la defensa de la democracia en España.
  • Otros documentos que el interesado estime oportunos. Cómo documentos extra, recomiendo aportar, el certificado de matrimonio, si el solicitante está casado, (si el certificado se expide en el extranjero, debidamente Legalizado o Apostillado, y en su caso, traducido) y además, si el cónyuge es español, es recomendable aportar el certificado literal de nacimiento del cónyuge español, y si el solicitante tiene hijos menores, es recomendable aportar el certificado literal de nacimiento de los hijos, y una vez más, si el certificado se expide en el extranjero, debidamente Legalizado o Apostillado, y en su caso, traducido.

3. Documentación necesaria para el supuesto de víctimas del terrorismo en territorio español

Ser una víctima del terrorismo en territorio español, es un supuesto que se considera circunstancia excepcional a los efectos de la adquisición de la nacionalidad española por carta de naturaleza, así lo recoge el artículo 41 de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo, donde se indica que “La condición de víctima del terrorismo a que se refiere el artículo 4.1 de esta Ley se considerará como circunstancia excepcional a los efectos de la adquisición de la nacionalidad española por carta de naturaleza.

El artículo 4.1 explica que son víctimas del terrorismo “Las personas fallecidas o que han sufrido daños físicos y/o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y que, a los efectos de la Ley, son consideradas como víctimas del terrorismo”.

La documentación que hay que aportar es la siguiente:

  • Solicitud de nacionalidad española por Carta de Naturaleza: El primer documento es la solicitud que se puede descargar en el siguiente enlace (https://www.mjusticia.gob.es/es/Ciudadano/TramitesGestiones/Documents/Solicitud_nacionalidad_carta_naturaleza.pdf ).
  • Original y fotocopia del Documento de identidad, pasaporte o tarjeta de residencia del solicitante. Si se aporta el pasaporte, se adjuntarán fotocopias de TODAS las páginas del pasaporte, incluso las que estén en blanco.
  • Certificado Literal de Nacimiento, Legalizado o Apostillado, y en su caso, traducido.
  • Certificado de Antecedentes Penales del País de Origen Legalizado y traducido (sólo en mayores de 18 años).
  • Certificado de Antecedentes Penales del Registro Central de Penados en el caso de residentes en España mayores de 18 años.
  • Documentos acreditativos de la concurrencia de circunstancias excepcionales. Aquí hay que aportar la documentación que acredite que se es víctima del terrorismo en territorio español, por ejemplo, un certificado de víctima del terrorismo.
  • Otros documentos que el interesado estime oportunos. Cómo documentos extra, recomiendo aportar, el certificado de matrimonio, si el solicitante está casado, (si el certificado se expide en el extranjero, debidamente Legalizado o Apostillado, y en su caso, traducido) y además, si el cónyuge es español, es recomendable aportar el certificado literal de nacimiento del cónyuge español, y si el solicitante tiene hijos menores, es recomendable aportar el certificado literal de nacimiento de los hijos, y una vez más, si el certificado se expide en el extranjero, debidamente Legalizado o Apostillado, y en su caso, traducido.

4. Mandato o poder acreditativo del representante voluntario, en su caso

En caso de que el interesado realice la solicitud a través de un representante, como un abogado, habría que adjuntar un mandato poder acreditativo del representante voluntario firmado por las dos partes.  El documento oficial de designación de representante es el siguiente (https://www .inclusion.gob.es/documents/410169/2156466/DESIGNACION_DE_REPRESENTANTE.pdf ).

5. Bibliografía

Ministerio de la Presidencia, Justicia, y relaciones con las Cortes, Carta de Naturaleza

https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadania/nacionalidad/que-es-nacionalidad/como-adquiere-nacionalidad/carta-naturaleza

Modelo de solicitud de la nacionalidad española por Carta de Naturaleza

Ministerio de la Presidencia, Justicia, y relaciones con las Cortes, Solicitud de Nacionalidad Española a voluntarios de Brigadas Internacionales

https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadania/tramites/solicitud-nacionalidad

Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-17099

Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-15039

Documento oficial de designación de representante