
La Audiencia Nacional ha condenado al Ministerio de Justicia a pagar 1.500 euros en concepto de costas, por obligar a una ciudadana a iniciar un proceso judicial debido a la demora en la concesión de la nacionalidad española, “incumpliendo su obligación ex lege de dictar resolución expresa en todos los casos y de respetar los plazos máximos legales para resolver”.
Así se ha establecido en el auto 575/2024 de 16 de julio, que se puede consultar a través del siguiente enlace.
Índice
1. Análisis del auto de la Audiencia Nacional 575/2024 de 16 de julio
2. Bibliografía
1. Análisis del auto de la Audiencia Nacional 575/2024 de 16 de julio
El auto es muy corto, por lo que el análisis también va a ser breve.
La recurrente interpuso la demanda el 21 de noviembre de 2022 ante la Audiencia Nacional, tras no obtener respuesta por parte de la Administración sobre la solicitud de nacionalidad española. El Ministerio de Justicia respondió el 10 de enero 2023 solicitando que se desestime el recurso con condena en costas para la recurrente.
Sin embargo, el juicio se resolvió antes de dictarse sentencia debido a que “se concede la nacionalidad española a la recurrente, con lo cual se ha producido satisfacción extraprocesal de sus pretensiones”, no obstante, en el auto de archivo, se condena al Ministerio de Justicia a pagar 1.500 euros en concepto de costas por obligar a la ciudadana a recurrir a los Tribunales, ante la pasividad de la Administración a la hora de resolver su solicitud de nacionalidad española.
Todo ello, siguiendo la doctrina del Tribunal Supremo, citando el auto como ejemplo “la sentencia del Tribunal Supremo, Sala 3ª, sec.5ª, de 22-5- 2018, nº 832/2018, rec. 54/2017”.
Esto es así, porque, citando el auto “En los términos que aparecen en la relación recibida en este tribunal, resulta que ha sido dictada resolución por la demandada por la que se concede la nacionalidad española a la recurrente, con lo cual se ha producido satisfacción extraprocesal de sus pretensiones, debiendo acordarse la terminación del presente procedimiento y su archivo definitivo.
De conformidad con la doctrina contenida, entre otras, en la sentencia del Tribunal Supremo, Sala 3ª, sec. 5ª, de 22-5- 2018, nº 832/2018, rec. 54/2017, se impone la expresa condena en costas de la Administración demandada, habida cuenta que ha forzado a la parte recurrente a recabar tutela judicial ante su pasividad en vía administrativa, incumpliendo su obligación ex lege de dictar resolución expresa en todos los casos y de respetar los plazo máximos legales para resolver”.
Las costas se impusieron con el límite de 1.500 euros, de acuerdo con la facultad prevista en el artículo 139.4 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/99925dc3cf4c1c36a0a8778d75e36f0d/20240813
2. Bibliografía
Auto de la Audiencia Nacional 575/2024 de 16 de julio
https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/99925dc3cf4c1c36a0a8778d75e36f0d/20240813
¿Desea resolver una consulta legal o contratar a un abogado? ¡Póngase en contacto con PAÑOS ABOGADOS!
Si le ha gustado el contenido y quiere recibir la última publicación directamente en su correo, suscríbase haciendo clic en el botón de abajo.
