En este artículo analizo la Instrucción Conjunta del Director General de Gestión Migratoria y del Comisario General de Extranjería y Fronteras de 13 de enero de 2025, donde se establece que las Oficinas de Extranjería vuelven a aceptar pasaportes venezolanos caducados.

Índice

1. Análisis de la Instrucción Conjunta del Director General de Gestión Migratoria y del Comisario General de Extranjería y Fronteras de 13 de enero de 2025

2. Bibliografía

1. Análisis de la Instrucción Conjunta del Director General de Gestión Migratoria y del Comisario General de Extranjería y Fronteras de 13 de enero de 2025

La Instrucción Conjunta del Director General de Gestión Migratoria y del Comisario General de Extranjería y Fronteras de 13 de enero de 2025, establece que se vuelven a aceptar pasaportes venezolanos caducados.

En la Instrucción se explica que “El 15 de marzo de 2019, el Director General de Migraciones y el Comisario General de Extranjería y Fronteras dictaron la Instrucción conjunta por la que se daba validez a los pasaportes caducados de los nacionales de Venezuela para la tramitación de las autorizaciones y permisos previstos en la normativa de extranjería, así como para la expedición y entrega de la tarjeta de identidad de extranjeros. Dicha Instrucción se motivó por las recomendaciones de ACNUR en las que se promovía garantizar a los ciudadanos venezolanos el acceso a los procedimientos de extranjería, ante la imposibilidad de poder renovar sus pasaportes a través de los servicios consulares de Venezuela en España.”.

Posteriormente hubo un cambio de criterio, dado que “No obstante, desde la entrada en vigor de esta última Instrucción, se ha podido comprobar cómo la mejora en los servicios renovación de los pasaportes venezolanos en las oficinas consulares de Venezuela en España no se ha perfeccionado en su integridad, detectándose que muchos ciudadanos venezolanos continúan imposibilitados para renovar su pasaporte y, por lo tanto, para acceder a los procedimientos de extranjería. La referida circunstancia no puede ser ignorada por la Administración, haciéndose del todo necesario recuperar el criterio invocado en la Instrucción conjunta de 15 de marzo de 2019. Por todo ello, la Dirección General de Gestión Migratoria y la Comisaría General de Extranjería y Fronteras en virtud de las competencias que les atribuyen respectivamente el artículo 6 del Real Decreto 501/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y el artículo 3.3. d) del Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, dictan la siguiente Instrucción”.

Por todo ello, A partir del día de la fecha se otorgará validez a los pasaportes caducados de aquellas personas nacionales de Venezuela para la tramitación y continuación de cualquiera de las autorizaciones y permisos regulados en la normativa de extranjería, así como para la expedición y entrega de la tarjeta de identidad de extranjero.

2. Bibliografía

Instrucción Conjunta del Director General de Gestión Migratoria y del Comisario General de Extranjería y Fronteras de 13 de enero de 2025

https://www.inclusion.gob.es/documents/d/migraciones/20250113-instruccion-conjunta-validez-pasaportes-venezolanos-caducados