En este artículo explico las instrucciones SEM 2/2025 sobre la residencia temporal de familiares de personas con nacionalidad española.

Índice

1. Análisis de las Instrucciones SEM 2/2025 sobre la residencia temporal de familiares de personas con nacionalidad española

2. Bibliografía

1. Análisis de las Instrucciones SEM 2/2025 sobre la residencia temporal de familiares de personas con nacionalidad española

Las instrucciones SEM 2/2025 añaden más información al Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre), en especial, en relación a la residencia temporal de familiares de personas con nacionalidad española y el concepto de persona extranjera a cargo, aunque también se hacen algunas aclaraciones respecto a la reagrupación familiar.

Dichas instrucciones complementan los artículos 67 a 69 (reagrupación familiar), 93 a 99 (residencia temporal de familiares de personas con nacionalidad española) y 196 (concepto de persona extranjera a cargo).

La información proporcionada por las Instrucciones SEM 2/2025 es la siguiente:

PRIMERA. Régimen jurídico aplicable a los ciudadanos de terceros Estados que son familiares de personas con nacionalidad española.

La primera Instrucción describe el ámbito jurídico aplicable a los ciudadanos de terceros Estados que son familiares de personas con nacionalidad española.

SEGUNDA. Ámbito de aplicación.

La segunda Instrucción aclara el artículo 94 del Reglamento de Extranjería, titulado “Ámbito de aplicación”.

TERCERA. Concepto de persona extranjera a cargo.

La tercera Instrucción hace algunas aclaraciones respecto al concepto de “persona extranjera a cargo”, regulado en el artículo 196.3 del Reglamento de Extranjería.

CUARTA. Vigencia de la autorización de residencia temporal de familiares de personas con nacionalidad española.

La cuarta Instrucción explica que “La autorización de residencia temporal de familiares de personas con nacionalidad española será de 5 años salvo que el solicitante haya manifestado su voluntad de permanecer un tiempo inferior en territorio nacional, en cuyo caso la autorización se concederá por dicho plazo”.

QUINTA. Acreditación de los requisitos para la obtención de la autorización.

La quinta Instrucción aclara que sucede con la acreditación de convivencia y que, “en ningún caso se harán controles sistemáticos o periódicos”.

SEXTA. Condiciones para el ejercicio del derecho a una autorización de residencia temporal de familiares de personas con nacionalidad española.

La sexta Instrucción explica cuáles son las condiciones para el ejercicio del derecho a una autorización de residencia temporal de familiares de personas con nacionalidad española.

SÉPTIMA. Reagrupación familiar.

La séptima Instrucción hace algunas aclaraciones respecto a la reagrupación familiar en relación con la autorización de residencia temporal de familiares de personas con nacionalidad española y las personas que han obtenido una autorización de residencia independiente.

OCTAVA. Residencia independiente de las personas que tienen o han tenido vínculos familiares con una persona de nacionalidad española.

La octava Instrucción aclara el supuesto de la residencia independiente de las personas que tienen o han tenido vínculos familiares con una persona de nacionalidad española.

NOVENA. Modificaciones.

La novena Instrucción explica que sucede con las modificaciones de las autorizaciones de residencia temporal de familiares de personas con nacionalidad española.

DÉCIMA. Acceso a una autorización de residencia de larga duración.

La décima Instrucción que los titulares de la autorización de residencia temporal de familiar de un ciudadano con nacionalidad española, de la autorización de residencia temporal por razones de arraigo familiar o de la tarjeta de residencia temporal de familiar de ciudadano de la Unión, que cumplan una serie de condiciones, podrán solicitar, respectivamente, una autorización de residencia de larga duración Unión Europea o de residencia de larga duración nacional.

2. Bibliografía

Instrucciones SEM 2/2025 sobre la residencia temporal de familiares de personas con nacionalidad española

https://www.inclusion.gob.es/documents/d/migraciones/instrucciones-sem-2-2025-sobre-la-residencia-temporal-de-familiares-de-personas-con-nacionalidad-espanola

Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2024-24099